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Contabilice el deterioro del 1%

Algunas PYMES “olvidan” contabilizar gastos que les permiten ahorrar impuestos…

Contabilice el deterioro del 1%

Las empresas de reducida dimensión (en general, las que facturan menos de diez millones de euros) pueden contabilizar como gasto fiscalmente deducible el 1% de los saldos pendientes de cobro a final de ejercicio (aunque no estén vencidos) en concepto de deterioro global de créditos.  

Por ejemplo, si a final de año su empresa ha tenido un saldo de cuentas a cobrar de 300.000 euros y es la primera vez que se acoge a este incentivo, esto le permitirá contabilizar un gasto adicional de 3.000 euros, lo que le supondrá un ahorro de 750 euros en el Impuesto sobre Sociedades de 2024 (el 25% de 3.000). Y si su volumen de ventas y sus plazos de cobro son estables o crecientes cada año, no deberá retroceder nada al año siguiente; sólo deberá ajustar la diferencia para que, a final de cada ejercicio, el deterioro de saldos deudores alcance el 1% de los importes pendientes de cobro.  

La base para calcular el 1% es el saldo de las cuentas a cobrar reducido en los saldos impagados que ya hayan sido objeto de un deterioro individual y fiscalmente deducible (por ejemplo, por haber transcurrido más de seis meses desde el vencimiento). Tampoco se computan en la base de cálculo los saldos adeudados por entidades vinculadas y por entidades de derecho público. 

 

Nuestros profesionales le ayudarán a cerrar las cuentas del ejercicio computando todas las ventajas fiscales que sean aplicables a su empresa.  

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